La semana pasada saltaba en todos los medios habidos y por haber, el Gobierno quiere poner IVA a todo aquello que vendamos y por lo tanto compremos de segunda mano, lo que significa que, a nuestras aplicaciones y sitios web favoritos de compra-venta entre particulares como wallapop, eBay… le pueden quedar los días contados para librarnos de este IVA especial. Está claro que el debate está sobre la mesa: ¿es justo que se cobre IVA en la venta de segunda mano? ¿No se supone que ya se pagó su IVA correspondiente cuando se compró el artículo como nuevo? Desde luego, razón no nos va a faltar para este debate que se nos presenta en estos días.
A continuación te respondemos, las que pensamos son las grandes dudas:
¿Quién tendría que pagar impuestos?
El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales es un impuesto cedido a las comunidades autónomas que debe pagar el comprador de una operación comercial entre particulares con un bien de segunda mano. El tipo que fijan es el 4%. La ley otorga un plazo de 30 días desde la operación para que se abone a Hacienda este impuesto.
¿Cuándo hay ganancia patrimonial?
Si en la transacción el vendedor obtiene una plusvalía, es decir, vende a un precio superior al que lo adquirió o por encima de la devaluación del coste de amortización, tendrá que declararlo en el IRPF como una ganancia patrimonial. De hecho, Hacienda se centra más en este tipo de casos siempre que las cantidades sean elevadas, ya que es más fácil detectarlas. En este caso, el vendedor deberá justificar documentalmente el origen de esos ingresos.
¿Este impuesto es nuevo?
No. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales forma parte del sistema tributario español desde hace décadas. Esta figura ya grava la compraventa de segunda mano del comercio tradicional, por ejemplo en la venta de un coche o un inmueble. Sin embargo, en estos caos es más fácil de controlar por la Agencia Tributaria. Y es que cuando el nuevo propietario de una vivienda o un automóvil tenga que registrar estos bienes el notario o funcionario público deberá comprobar que se ha abonado este impuesto para poder dar el visto bueno a la operación.
¿Puede controlar Hacienda estas transacciones?
Es muy complicado. La Agencia Tributaria carece de la capacidad técnica y de efectivos para controlar estas operaciones de segunda mano. En realidad, es muy difícil que pueda averiguar quién es el comprador y por qué importe se realiza la venta. La única posibilidad es que las plataformas online intermediasen en el pago, lo que permitiría a Hacienda pedir el registro y conocer las operaciones para exigir los impuestos correspondientes. Sin embargo, en muchas posibilidades estas plataformas sólo ponene en contacto al comprador y al vendedor, de manera que la operación se realiza fuera del ámbito online.
Sea como fuere, parece, que finalmente llegará a verse la luz este impuesto en la venta de segunda mano, solo el tiempo nos lo dirá…
Más información en: http://www.applemaniacos.com
@juars gracias por arrojar un poco de luz en este tema, con las últimas noticias algunas personas pueden estar muy perdidos en este tema.
Vi la noticia, no me parece bien lo del iva la verdad, hoy en día nos meten con el tema del reciclaje por todos los medios, esto tendrían que pensar igual que es algo que se utiliza a modo de recliclamiento, no se...siempre buscan negocios donde la gente se saca un dinerillo en algo que no utiliza...creo que va a rular mucho ahora el mercado negro...
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