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2 (o 3 alternativas) para que cumplas con la factura electrónica

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2 (o 3 alternativas) para que cumplas con la factura electrónica

Hace tiempo que esto de la factura electrónica viene retumbando como el eco de una tormenta que se aproxima… pero que no termina de llegar. La Ley Crea y Crece ya sienta las bases de la factura del futuro e incluso ya prevé las sanciones si no cumples, pero hay un pequeño detalle pendiente.

 

Por ahí viene la tormenta. Fuente: Xataka (https://www.xataka.com/especiales/dia-dos-cazatormentas-prisas-peligro-rayos-impresionante-supercelula)Por ahí viene la tormenta. Fuente: Xataka (https://www.xataka.com/especiales/dia-dos-cazatormentas-prisas-peligro-rayos-impresionante-supercelula)

Nada de esto sirve si no se publica el reglamento oficial que especifique los requisitos y el formato definitivo de la factura electrónica. Todo apunta a que, según cuentan en Autónomos y emprendedor.es, este último paso estaría ya en su fase final y pronto se conocerá. Será entonces también cuando comiencen a correr los plazos.

 

Y es que una vez publicado el reglamento, en los 12 meses siguientes la factura electrónica ya sería obligatoria para las empresas con más de 8 millones de euros de facturación. Hablamos siempre de plazos máximos. Conviene adaptar la empresa lo antes posible para evitar prisas e imprevistos que puedan suponer un retraso con su correspondiente multa. ¿Tu negocio tiene más de 8 millones de facturación?

 

La Ley está, pero el Reglamento, no. Fuente: Ministerio de Economía, Comercio y Empresa (https://portal.mineco.gob.es/gl-es/comunicacion/Paxinas/crea-y-crece.aspx)La Ley está, pero el Reglamento, no. Fuente: Ministerio de Economía, Comercio y Empresa (https://portal.mineco.gob.es/gl-es/comunicacion/Paxinas/crea-y-crece.aspx)

Si no es el caso, para personas que trabajan por cuenta propia y negocios que facturen menos de esa cantidad el plazo es de 2 años. Es decir, que estaríamos hablando de 2026 si se publica este año el reglamento. Recuerda que siempre hablamos de plazos máximos y que nos referimos a facturación entre empresas y profesionales.

 

Para la facturación al cliente final el plazo es de un año más. 3 años para adaptarte. Siempre puedes recurrir a un software de pago. Los actuales, aunque no haya un reglamento definitivo, están preparados para adaptarse a la normativa. Pero si no quieres pagarlo, podrás utilizar una herramienta gratuita facilitada por Hacienda.

 

Adiós al papel. Fuente: Kollect (https://www.kollect.biz/keil/kollect-e-invoicing)Adiós al papel. Fuente: Kollect (https://www.kollect.biz/keil/kollect-e-invoicing)

Tienes una tercera alternativa. Puedes aprovechar el programa de factura electrónica que tienes incluido como beneficio en tu tarifa Love Empresa Impulsa o Go Empresa Ilimitada 2. Elijas la opción que elijas, tu factura será cada vez más tecnológica. Pero no temas, porque si surge cualquier duda o inconveniente, tienes a tu lado a Tu Experto para ayudarte a cualquier hora del día.